10 julio 2017

Ficha de "Renta Básica Universal"














RENTA BÁSICA UNIVERSAL


·       La Renda Básica Universal (en adelante, RBU) es una asignación monetaria incondicional destinada a toda la población: ciudadanía y residentes que garantizaría la existencia material de toda la población.
·       Una RBU cercana al umbral de riesgo de pobreza -o que cubriera las necesidades básicas- resolvería varios de los problemas que acucian a los ciudadanos de nuestro país: las elevadas cifras de pobreza debidas al paro y a los empleos precarios que no permiten la emancipación o la subsistencia.

·       La RBU puede tener un gran efecto en la redistribución de la renta. Aplicar una RBU financiada con impuestos a los más ricos acercaría nuestro nivel de redistribución a las economías más igualitarias del mundo. Se trataría de una inmensa redistribución de la riqueza de aproximadamente el 20% más rico de la población al 80% restante, que saldría ganando.
·       La RBU es una formidable palanca para la emancipación en muchas dimensiones: de los jóvenes, de las mujeres dependientes, de los emprendedores y elimina las exclusiones financieras y a la vivienda, entre otras.
·       La RBU actúa de caja de resistencia del trabajador ante situaciones de huelga e incrementa su poder de negociación, ya que incrementa la capacidad de negarse a aceptar cualquier trabajo a cualquier precio. Obviamente esto no gusta a los empresarios que basan su modelo de negocio en la precariedad y los sueldos bajos.
·       La RBU beneficiaria especialmente a 4,2 millones de parados en 2017, más los 2 millones que trabajan a tiempo parcial, más las 700.000 personas que no buscan empleo activamente según la EPA pero quisieran trabajar, más los millones de mujeres que trabajan 90.000 horas de trabajo reproductivo de más que los hombres a lo largo de su vida (50 años de trabajo a tiempo completo) sin cobrar.
·       Los subsidios condicionados vigentes en España han mostrado muy poca capacidad y muchas limitaciones para hacer frente a la magnitud del problema que pretenden resolver:  las inmensas bolsas de pobreza y precariedad es la misma que hace 3 ó 4 décadas. Incluso la renta de garantía de ingresos del País Vasco, la mejor dotada con diferencia, no consigue reducir el 5 % de su población en pobreza severa.
·       La RBU carece de los dos problemas básicos de los que adolecen los subsidios condicionados actuales: las trampas de la pobreza y de la precariedad y el no acceso a las ayudas para un porcentaje muy significativo de los potenciales beneficiarios por no ser asignaciones universales:
o   la trampa de la pobreza aparece cuando al cobrar un subsidio condicionado y encontrar un trabajo, el nuevo ingreso por trabajo se descuenta totalmente o en gran parte del subsidio, eliminando los estímulos para aceptar empleos a tiempo parcial o de remuneración baja.
o   la trampa de la precariedad aparece cuando la concesión de un subsidio condicionado se retrasa en el tiempo desde que se tiene derecho a él o se fija un periodo mínimo sin ingresos (contado habitualmente en varios meses) para volver a percibirlo. Esta situación desincentiva aceptar trabajos temporales de corta duración, pues en el cómputo global la suma de las prestaciones sociales es mayor que la suma de prestaciones, sueldos y períodos de carencia de por medio. Es una variante de la trampa de la pobreza.
·       No es cierto que la RBU desincentive a trabajar ya que garantiza solo un mínimo para sobrevivir, pero no para poder adquirir otros bienes o servicios suntuarios o que aportan mayor calidad de vida, viajar, etc. y además las personas no trabajamos exclusivamente por motivos económicos (numerosas experiencias y pruebas piloto así lo demuestran).
·       La RBU no tiene porqué producir inflación. Es cierto que esta medida crearía un cierto aumento de la demanda, principalmente de bienes de primera necesidad, lo cual tendría efectos positivos. Hacer equivaler cualquier aumento de la demanda con una presión inflacionaria, al margen de la coyuntura económica, no es correcto. Por ejemplo, en general los bienes de primera necesidad que se comprarían con una RBU se adquieren en mercados competitivos, y solo habría que prestar atención especial si una mayor tasa de emancipación afecta al mercado de la vivienda el cual, por cierto, ya sufre tensiones inflacionistas periódicamente sin que exista la RBU.
·       La RBU no tiene porqué conllevar una invasión de inmigrantes. Tenemos una prueba en el País Vasco que tiene implantado un poderoso programa de subsidios sin sufrir tasas significativas de inmigración. Los inmigrantes se mueven por efecto "patada" de su lugar de origen, no por efecto llamada. Y en todo caso, siempre se pueden fijar períodos de carencia para acceder a la RBU (como ya se hace con otras ayudas monetarias).
·       La RBU que defendemos es en su versión progresista, que significa un beneficio para la mayoría social, ya que supone el mantenimiento de servicios sociales (sanidad, enseñanza y seguridad social) que garantizan el estado del bienestar actual. No defendemos un modelo de RBU consistente en un puro sistema asistencialista más barato que suponga el desmantelamiento del sistema del bienestar actual, como algunos sectores económicos proponen como salida inevitable ante las gigantescas transformaciones estructurales de nuestro modelo económico.

NUESTRA PROPUESTA
 ·       Implantación de una RBU de cuantía igual o superior al umbral de riesgo de la pobreza en España. La cantidad de RBU para los mayores de 18 años hubiera sido en 2010 de 7.500 euros anuales (625 euros mensuales) y 1.500 euros anuales (un 20 %) para los menores de edad. Un sistema de cálculo alternativo de la RBU podría seguir la escala de equivalencia de la OCDE modificada para el cálculo del umbral de riesgo y pobreza por hogar[1]. En este caso se asignarían al primer adulto del hogar los anteriores 7.500 euros anuales, al resto de adultos el 50% y a los menores de edad el 30%.

o   La RBU no está sujeta a la imposición del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
o   La RBU viene a substituir toda prestación pública monetaria de cantidad inferior. El Estado se ahorraría de pagar más de 90.000 millones de transferencias monetarias actuales (las que suman las pensiones, subsidios de paro y otras ayudas por debajo de la RBU) además de los enormes costes de gestión y de control de estas ayudas.
o   La RBU que proponemos no supone la detracción de ningún otro ingreso público por la vía del IRPF, es decir, el modelo deberá continuar financiando lo que ya se financia actualmente (sanidad, educación… y todas las demás partidas de gasto público). La RBU tampoco supone ninguna pérdida en la pensión de jubilación actual u otra prestación pública monetaria que se perciba.
o   La implantación de la RBU no debe suponer la dejación de las políticas de creación de empleo y de mejora de las condiciones laborales y salariales. El salario mínimo interprofesional debe incrementarse hacia los mínimos recomendados por las organizaciones internacionales, al igual que las políticas activas de empleo selectivas para los colectivos desfavorecidos y los planes para fomentar la transición hacia un modelo productivo más sostenible y de mayor creación de valor social y ambiental.

·       Implantación de una reforma fiscal para financiar la RBU consistente en:

o   Financiación de la RBU a partir del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (IRPF), con un tipo único sobre todos los rendimientos cercano al 50% o, cercano al 40%. si se sigue el sistema alternativo de la OCDE (ver nota 1). También se puede establecer un sistema de tramos con primeros tramos inferiores y tramos superiores de mayor tipo.
o   La financiación no altera la capacidad recaudatoria actual del impuesto para seguir financiando el gasto público estatal y autonómico.
o   Equiparación del tratamiento fiscal de las rentas de capital con el de las de las personas físicas eliminando las diferencias actuales que favorecen las primeras en detrimento de las segundas en el cálculo del IRPF.
o   Eliminación de todos los factores que en el actual IRPF son considerados correctores de inequidad horizontal: los mínimos personales, así como la compensación entre rendimientos.
o   Eliminación de todas las reducciones de la base imponible del IRPF, fundamentalmente por planes de pensiones y por rendimientos del trabajo y de todas las deducciones de la cuota, fundamentalmente vivienda e incentivos, en su mayoría regresivos (favorecen sobretodo a las rentas altas).
o   Implantación de un tipo único del IRPF de algo más del 49% (Con el modelo de RBU de la OCDE el tipo del IRPF se reduciria hasta el 40% (ver nota 1) . La combinación de este IRPF y la RBU da como resultado un modelo fiscal muy progresivo con una imposición efectiva que en función de los ingresos individuales varía entre -208% para la población más pobre hasta el 42,56% para la población más rica. El detalle y la comparativa con el sistema actual se muestra en el siguiente cuadro:



Decilas de Renta 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%
Cuota sin RBU s/Renta bruta. Sist. actual 0,15% 0,35% 0,86% 3,28% 6,04% 7,86% 9,84% 12,53% 15,29% 18,38% 22,07% 28,03%
Cuota con RBU s/Renta bruta Sist. propuesto -209% -59% -36% -19% -9% -1% 6% 15% 24% 29% 35% 42%


·    El sistema de cobro de la RBU para los trabajadores sería similar al actual: los sueldos bajos tendrían un retención negativa (combinación del impuesto sobre la renta más la RBU) que les incrementaría el sueldo líquido por encima del bruto, parecido a un complemento salarial. Los sueldos medios tendrían una retención similar a la actual. Los salarios más elevados tendrían una retención mayor (pero inferior a las actuales para los sueldos más altos). Los rentistas pagarían más y todo el mundo tendría un ingreso. La RBU favorecería especialmente a las nóminas de los trabajadores con cargas familiares.

·       Las cantidades transferidas desde las rentas más elevadas a las más bajas suma unos 35.000 millones de euros, lo que sería equivalente al incremento de presión fiscal que sufrirían estos últimos. Esta cantidad representa el 3,5% del PIB, muy por debajo de los 7 puntos de menor presión fiscal que tiene España frente al promedio de la UE, más de 75.000 millones de euros, cuando la renta per cápita de este país está rozando la media europea. La explicación es la enorme elusión y fraude fiscal de los más ricos y una carga impositiva inferior en sus tarifas de IRPF. Si sus fortunas quedaran debidamente detectadas y gravadas en el IRPF, no hay la menor duda que aún sería más fácil financiar una RBU y el tipo o tipos impositivos necesarios serían mucho menores que los propuestos.

·       Para no generar déficit, la financiación de la RBU se respaldará en otras modificaciones del IRPF y con otros impuestos distintos al IRPF como son: 1º el cambio de la estimación por módulos a la estimación directa, 2º otros Impuestos adicionales: Impuesto a las Transacciones Financieras, impuestos ambientales (actualmente los menores de toda la UE), 3º la revisión o supresión del impuesto sobre el patrimonio y creación de un verdadero impuesto sobre la riqueza, 4º la revisión del IVA: eliminación de los tipos reducidos y compensación mediante RBU adicional, 5º la eliminación de los topes a la cotización a la S.S., 6º la armonización del Impuesto Sucesiones y Donaciones, 7º la armonización fiscal europea, 8º un mayor Impuesto de Sociedades que converja en tipos con el IRPF para evitar comportamientos estratégicos y , por supuesto e imprescindible, 9º la mejora en la lucha contra el fraude y la elusión fiscales.

·       Datos económicos básicos para su implantación:

Renta Básica Universal individual:
o   7471 euros anuales, 100% para los adultos y 20% para los menores de 18 años.
o   Coste total: 280.000 millones, que corresponden a:
-        Coste RBU no declarantes IRPF: 77.000 millones
-        Coste RBU declarantes IRPF: 203.000 millones, de los que:
-        Coste de los declarantes que salen ganando: 141.000 millones (69%)
-        Coste de los declarantes que quedan igual o son aportantes netos: 62.000 millones (31%)

Fuentes de la financiación:
o   Ahorro de rentas públicas subsumidas en la RBU: 93.000 millones
o   Aumento de la base imponible hasta el total de la renta que supere la RBU: 133.000 millones
o   Mayor presión fiscal real por los declarantes que aportadores netos: 34.000 millones
o   Otras fuentes de financiación: 20.000 millones (2% del PIB)

El resultado de la microsimulación muestra el siguiente impacto por decilas:
o   1.    El total de declarantes beneficiados asciende al 69%
o   2.    El total de adultos, declarantes o no, cuyas rentas aumentan asciende al 76%
o   3.    El coste final, soportado por el 31% de contribuyentes con mayor renta, se sitúa en el 3,4% del PIB
o   4.    La redistribución de renta hace que el Índice de Gini mejore notablemente: 0,37 -> 0,25

 revo Prosperidad Sostenible

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[1] Para mayor información sobre la escala de equivalencia de la OCDE modificada, ver documento Definición, uso e interpretación de los indicadores de los Planes Nacionales de Acción para la Inclusión Social, Ministerio de Sanidad y Política Social, Gobierno de España, 2009 (https://goo.gl/tTV9n7).
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