
El padre de la sociología W.I. Thomas
elaboró el siguiente teorema: “Aquello que la sociedad afirma que es real, lo
es en sus consecuencias” (texto original: “it
is not important whether or not the interpretation is correct, if men define
situations as real, they are real in their consequences”)
En lenguaje proposicional, de
lógica de primer orden (o básica), podríamos escribirlo así:
Si p (la
sociedad afirma que algo es real) entonces q (ocurre algo que es su
consecuencia)
Que escrito en forma simbólica
es:
p à q (p implica q)
Según la lógica de primer orden, la
fórmula p à q
es verdadera cuando:
‘p’ es verdad
y ‘q’ es verdad [1]
‘p’ no es
verdad, y tanto da que ‘q’ sea o no verdad [2]
Para los que utilizan tablas:
a b a à b
_______________
V V
V
V F
F
F V
V
F F V
Por lo tanto, la fórmula pàq no es verdadera
cuando
‘p’ es verdad
y ‘q’ no es verdad [3]
O sea, si se diera que una
sociedad afirma que algo es real, y esa afirmación no tiene consecuencias (y no
cualquier consecuencia, sino consecuencias que se sigan de lo afirmado)
entonces o bien el teorema de W.I. Thomas no es verdadero (es falso: enuncia
una formula no verdadera) o bien lo que no es verdadero es que la sociedad afirme
que ‘algo es real’. Si aceptamos como válido el teorema, entonces por [2]:
¬q à ¬p [4]
A estas
alturas, si es que el lector ha llegado a estas alturas de este árido texto, ya
se debe intuir por donde va el asunto: el prucés.
Supongamos el
siguiente escenario, no por hipotético contrafáctico: se celebra una votación
el 1-O, se da una cierta participación:
Caso A: la
participación no supera el 50%
A.1
Existe una mayoría de SI (a favor de la independencia o secesión)
A.2
No existe una mayoría de SI (a favor de la independencia o secesión)
Caso B: la participación supera
el 50%
B.1
Existe una mayoría de SI (a favor de la independencia o secesión)
B.2
No existe una mayoría de SI (a favor de la independencia o secesión)
Por, éstos sí, absolutamente
contrafácticos desechamos los casos A.2 y B.2, y nos ceñimos a los casos A.1 y
B.1.
Caso A.1
Es esperable (lo contrario sería también
un contrafáctico) que Catalunya no se independice ni que consiga más de lo ya
ofertado: negociar 45 de las 46 peticiones (todas, menos el referéndum: http://www.lavanguardia.com/politica/20170222/42208022977/46-puntos-puigdemont.html
, http://www.abc.es/espana/abci-rajoy-encarga-ministros-informes-sobre-exigencias-puigdemont-201612152307_noticia.html
).
En este caso, siguiendo el
teorema de W.I. Thomas y aplicando [4], la falta de consecuencias (que se sigan
de lo supuestamente afirmado por la sociedad: la votación es un referéndum) nos
lleva lógica y sociológicamente a decir que la sociedad no contempla esa
votación como un referéndum, que no afirma que ese acto comunicativo sea, a su
vez, performativo.
Aún existe más calado en este
teorema y en su aplicación al caso A.1: como sujeto político, es decir, como
sujeto capaz de convertir un acto del lenguaje en una acción performativa (que
forma, creando o modificando, sociedad) no se puede hablar hoy de la existencia
de dos sujetos políticos por lo que hace a la soberanía. De ello cabe deducir
que no existe un sujeto político soberano catalán distinto y en oposición al
sujeto político soberano español. No puede haber reconocimiento de lo que no
existe (sí se puede, y se debe, hablar de un conjunto de ciudadanos con
múltiples y diversas expresiones culturales, alguna de ellas, si no
hegemónicas, sí de amplia base), por lo que ahora y aquí, si se da el caso A.1,
no ha lugar a exigir ningún tipo de reconocimiento más allá del ya existente,
ya sea a través de la arquitectura autonómica o de una posible arquitectura
federal: en los dos casos se reconocen -aunque con diferentes palabras- diferentes
instituciones territoriales dentro de una única soberanía compartida.
Caso A.2
Las opciones quedarían más
abiertas, por un innegable mayor poder de negociación sobre la mayoría de los
45 puntos puestos sobre la mesa, pero sigue siendo razonable esperar que
Catalunya no logre de forma automática la independencia: en la correlación
actual de fuerzas, una Catalunya independiente a cortísimo plazo, entendida la
secesión como de alguna manera consecuencia inmediata y no violenta del 1-O,
sigue estando en el terreno de lo contrafáctico.
En tanto que no podemos afirmar que
lo cuantitativo (la participación) implica lo cualitativo (la soberanía), sino
que es exactamente al revés, es igualmente aplicable la reflexión sobre la
existencia, ahora y aquí, de un único sujeto político soberano.
A modo de conclusión y cierre.
Si y sólo si (y podemos asumir
que vamos a enunciar un contrafáctico, por lo que nos adelantamos a pedir
disculpas por ello) el sujeto soberano español, a través de sus legítimos
representantes, y cumpliendo con los procedimientos existentes, asumiera la
existencia de N sujetos soberanos a lo largo y ancho de la piel de toro (y con
ellos, la desaparición del sujeto soberano español), entonces, y sólo entonces,
todo acto comunicativo que cumpliera los nuevos requisitos sería también un
acto performativo (crearía, o modificaría, sociedad).
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